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Autor Tema: 4 años de cárcel por vender viviendas con techos demasiados bajos (Jaén)  (Leído 105 veces)
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« : Viernes 14 de Octubre de 2011, 21:31 »

Cuatro años de cárcel por vender viviendas con los techos demasiado bajos



Mª Amelia Brenes | Jaén-ELMUNDO.ES
Actualizado jueves 13/10/2011 21:58


La Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a cuatro años de prisión por un delito continuado de estafa al promotor que entregó al menos 27 de las 58 viviendas de una urbanización situada en el municipio jiennense de Úbeda con los techos por debajo de la altura permitida legalmente.

De acuerdo con la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, se considera probado que el condenado –que es vecino de la localidad de Torredonjimeno y responde a las iniciales E.R.A.– vendió en el año 2003 diversos pisos a sabiendas de que se les había denegado la cédula de habitabilidad por parte del Ayuntamiento «ya que incumplía de forma exagerada la normativa de altura interior, llegando a estar los techos de las habitaciones a nivel del marco de las puertas».

Esta circunstancia tiene que ver con la disposición de la preinstalación de aire acondicionado, algo que, según aseguró el procesado en la vista oral –celebrada el pasado 4 de octubre–, «no estaba previsto». Sin embargo, dicha preinstalación figuraba en la memoria de calidades.

Estos hechos prueban, de acuerdo con la Audiencia, una «conducta maliciosa» por parte de E.R.A., agravada cuando, al no conceder el Consistorio ubetense la cédula de habitalidad, «procedió a contratar el arreglo de los defectos observados» y, «a sabiendas de que sólo se habían reparado 10 pisos», presentó una factura por «reforma de techos» de la totalidad de las viviendas, «pero sin subsanar los defectos denunciados en las restantes» (al menos 27).

En su escrito, la sala de lo Penal de la Audiencia señala que «también denota la existencia de engaño precedente o concurrente del sujeto activo» el hecho de que ocultara a los compradores el estado de los pisos comprados, «no permitiéndoles verlos una vez terminados hasta después del otorgamiento de escrituras públicas de compraventa, pago del precio y entrega de llaves, con el fin de consumar su propósito de obtener lucro».
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